ACTITUD ESCOLIOTICA Y SU RELACIÓN CON EL CRANEO Y LA OCLUSIO

«No es específicamente una función alterada, aunque puede considerarse como un esquema motor, un engrama postural secundario a una compensación postural que, si se dilata en el tiempo, provoca alteraciones estructurales importantes.Una mordida cruzada o una lesión craneal de la sínfisis, como torsión o flexión lateral, le impone al físico una compensación que, en casi todos los casos, lleva a desnivelación de la pelvis, con apoyo podálico alterado. Esto obliga a mantener siempre la mirada paralela al suelo. Para ponerla línea bipupilar horizontal, el sistema postural introduce efectos de torsión de la columna vertebral e inclinación de la pelvis, que son compensaciones, no alteraciones escolióticas reales de la columna. La actitud escoliótica (figura 6A) es, por tanto,una desviación de la columna sobre el plano frontal, completamente reducible en posición supina. Por su parte, la escoliosis verdadera (figura 6B) es una desviación permanente dela columna sobre el mismo plano, no reducible en posición supina del tronco, acompañada por una rotación de los cuerpos vertebrales, responsable de la gibosidad.

Esta aclaración es fundamental, pues, con frecuencia, la alarma de los padres induce a la toma de medidas drásticas, como levantamientos o bustos, sin considerar la posibilidad de que se trate de una forma de compensación y no de una escoliosis real. El problema radica en que, colocando cualquier órtesis correctiva en una actitud escoliótica en edad pediátrica, con el tiempo puede transformarse en una escoliosis real, ya que la estructura de la columna vertebral y del organismo completo se adaptará deformándose y creando, por tanto, un daño yatrogénico.» «https://opanalysis.com/wp-content/uploads/2018/07/articolo-precop.pdf?fbclid=IwAR0jEXHlrZRYwlzAVGKlZ6PoQH7i9UFS8-RrsvqLQ7N_RX8sDgCuIdX76FA